Chile

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UAV Normas

Aeronaves Pilotadas a Distancia RPAS(Remotely Piloted Aerial Systems)


La DGAC cuenta con dos normas para la operación de Aeronaves a Distancia RPAS o drones: DAN151 “Operaciones de Aeronaves Pilotadas a Distancia (Rpas)en Asuntos de Interés Público, que se efectúen sobre Áreas Pobadas”


Esta norma, en lo general, contiene las exigencias para registrar el RPAS y para obtener la credencial de operador en el modelo que volara, además de una autorización final del Jefe del Subdepartamento de Operaciones.


DAN 91 “Reglas del Aire” Artículo 91.102


Contiene normas generales que se aplican para todo vuelo de RPAS en el territorio nacional. En este documento se establece además que los vuelos de drones que se efectúen en lugares no poblados,no requieren ser inscritos, así como tampoco, la credencial de operador. Solo bastará con solicitar la autorización correspondiente, la que luego de un análisis podrá otorgarse.


Ultima Actualizacion Noviembre 6, 2015

Last update / 10.03.2017

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Last update / 16.11.2016

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Last update / 16.11.2016

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